D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de OFRECIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por el ciudadano JOSE ALI BARRETO REQUENA, a favor de su hijo (identidad omitida), en contra de la madre, ciudadana ALENNY YURIMA TOVAR DE BARRETO. SEGUNDO: Se modifica el monto ofrecido por el obligado de manutención tal y como quedo asentado en el acta que riela al folio (14) y vto., del presente expediente de fecha 03 de noviembre del presente año, por lo que establece por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) semanal; seis (6) Cestas Ticket mensual por la cantidad cada una de treinta y cuatro bolívares con veintiocho céntimos (Bs.34,28), por un monto total de (Bs. 205,00), comprarles.....