Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACLARA Subsanado el error material de omisión de transcripción en la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintiuno (21) de noviembre del presente año, en el RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por ambas partes en el presente asunto, contra la Sentencia dictada en fecha 26 de septiembre del 2017, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua- Sede la Maracay, sentenciada por este Juzgado así: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, en contra de la decisión de fecha 26/09/2017, dictada por el Juzgado Tercero Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA la anterior decisión bajo la motivación de esta alzada.....