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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos RAISA JOSEFINA PALMA GUEVARA y JOSE BENITO SARMIENTO TORRES, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-6.263.277 y V-2.687.019 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 17 de abril de 2018, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry, estado Aragua, según se evidencia de Acta Nº 196, Folio 196, Tomo A, Año 2018, asentada en el libro de matrimonios llevado por ante el mencionado Registro, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 d.....