Mediante resolución este Tribunal Tercero de Control, Niega lo solcitado por el defensor Privado ABG. JESUS RAMON VILLAFAÑE HERNANDEZ, de que se le revise la Medida Privativa de Libertad, que le fue decretada en su oportunidad al imputado YOEL JOSE HERRERA, en virtud de que no han varuiado las circunstancias que dieron origen a la misma, aunado a que la pena establecida para los delitos imputados excede de 10 años.