SEGUNDO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA DEMANDA que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, fuera incoada por la sociedad mercantil BIENES CVG, C.A., contra el ciudadano VÍCTOR PEREIRA DÍAZ, todos identificados anteriormente.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en el proceso de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los veintitrés (23) días del mes de enero de 2006. Año 195º. y 146º.
LA JUEZ
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Dra. JUANA ISABEL VELIZ de .....