Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las prestaciones pendientes hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (BS. F. 4.000,00), discriminados de la manera siguiente: DOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf 2.000,00) en este momento en dinero efectivo (Bsf 2.000,00) DOS MIL BOLIVARES en cheque que entrega en este momento signado con el numero 69674458, girado contra el Banco Mercantil, propuesta esta aceptada por la actora. con la finalidad de poner fin a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara la ciudadana NALDY TIBISAY MENDOZA, titular de la cedula de identidad C.I. 12.396.191, ya identificado contra la SOCIEDAD MERCANTIL PANIFICADORA JEHOVA PROVEERA C.A. Ahora bien la ciudadana jueza una vez oída la manifestación de aceptación por parte.....