Por resultar POSITIVA LA MEDIACIÓN, se HOMOLOGO el acuerdo transaccional celebrado por las partes en el juicio seguido por el ciudadano RAMÓN ANTONIO LEONET en contra de la empresa Proyectos y Carrenteras de Oriente, C.A. (PROCDOR, C.A.), por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, se deja constancia de la presencia de las partes, se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo transaccional planteado, de conformidad con lo previsto en los artículos 133 de la LOPT, 89 ordinal 2° de la CRBV, se da por concluida la audiencia preliminar, no se da por terminadoni se ordena el archivo judicial en virtud que la parte demandada pago la totalidad del monto transigido. MONTO DEMANDADO. Bs.16.139,62/ MONTO MEDIADO.Bs.4.000.