Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer, sustanciar y decidir de la presente demanda.
SEGUNDO: ADMISIBILIDAD, de la demanda de contenido patrimonial por (Cobro de Bolívares), interpuesta conjuntamente con Medida Cautelar de Embargo Preventivo de Bienes.
TERCERO: SE ORDENA las citación de la ciudadana Nieves Azocar titular de la cedula de identidad N° 9.297.419.
Asimismo vista las copias certificada del Expediente Administrativo de la ciudadana NIEVES AZÓCAR, el Tribunal ordena abrir un Cuaderno Separado, y ordena agregar a los autos, los Antecedentes Administrativos.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Mona.....