Este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN COMO PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, Niega por Improcedente lo solicitado por el Abogado ENRIQUE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.196, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada entidad de trabajo GRUPO SOUTO, C.A., en consecuencia ordena a la secretaría de este Circuito Judicial Laboral procede a la certificación de las notificaciones a fin que se materialice la celebración de la audiencia preliminar. Es todo.