PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano JOSÉ DAVID VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad Nº 8.772.472, asistido por el abogado Carlos Antonio Cunemo Jaspe, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 166.666, contra la sociedad mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión