En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara "HOMOLOGADA LA PARTICION HEREDITARIA (AMISTOSA) presentada por los ciudadanos MIREYA MIGUELINA LEAL TOLEDO, JOSE ANTONIO COVA MARTINEZ y CELINA DEL VALLE COVA MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.374.126, V- 12.982.269 y V- 14.856.545 respectivamente.
En consecuencia procédase como en Sentencia Pasada en Autoridad de cosa Juzgada