Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal MIXTO Primero de Juicio del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DE MANERA UNANIME declara CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano: XXXXXXXXX, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio del ciudadano JEAN CARLOS TORREALBA y lo sanciona a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD prevista en el artículo 628 parágrafo segundo literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por el lapso de CINCO (05) AÑOS. . La sanción impuesta deberá ser cumplida en el lugar que fije la juez de Ejecución de esta Sección Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Diarícese, Publíquese, y déjese copia de la misma.
LA JUEZ PROFESIONAL
DRA. JUDITH SAN MARTÍN
LOS ESCABINOS PRINCIPALES
JULIO NUÑEZ .....