Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Aragua en función de Control Nro. 2, procediendo de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal PRIMERO: ORDENA ABRIR JUICIO ORAL Y PUBLICO al acusado TESORERO CORDERO CESAR AUGUSTO, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6 en sus ordinales 1°, 2° y 10° ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de los ciudadanos: PACHECO RAMON Y YOSECRIS VILLAMEDIANA. SEGUNDO: Se Niega la solicitud incoada por la defensa en relación al Sobreseimiento de la Causa, en virtud de existir Jurisprudencia reiterada en la cual establece que no procede el Sobreseimiento de la Causa cuando se invoca el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en la etapa intermedia, puesto que si ha habido ofrecimiento de pruebas, es al Tribunal de Juicio a quien corresponde valor.....