DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de abstención o carencia intentado por el ciudadano LUIS MANUEL DÍAZ NOGUERA, identificado en autos, contra el Municipio Maturín del estado Monagas.
SEGUNDO: ORDENA, al Municipio Maturín de estado Monagas, por medio de los Órganos que tiene inherencia en el pago de la pensión de jubilación del recurrente realizar todas las diligencias, gestiones y rectificaciones a que haya lugar para incluir en la ordenanza de presupuesto la partida correspondiente al pago de la pensión de jubilación del recurrente, mediante cualquiera de los mecanismos permitidos en la Ley y una vez realizada las gestiones pertinentes se proceda al pago de la pensión de la jubilación del recurrente, relativa al año 2006 y años subsiguientes, en la forma acordada en los actos administrativo a que se contrae dicha jubilación, mientras estos mantengan su vigencia en el mundo jurídico.