DECISION
En tal virtud, este juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara "PARCIALMENTE CON LUGAR", la presente demanda intentada por la ciudadana: ZENAIDA DEL VALLE VILLAZANA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 8.968.490, contra la SOCIEDAD MERCANTIL PROSERVICES RECURSOS HUMANOS C.A. y se ordena cancelarle la cantidad de OCHENTA MIL QUINIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON 20 (Bs.80523,20) por los conceptos antes descritos.-NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por la naturaleza de la decisión. En caso de que la parte accionada no cumpla voluntariamente con la presente causa se ordenara la corrección monetaria desde el decreto de ejecución hasta la oportunidad de pago efectivo, de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica Pro.....