Luego en fecha 10-11-2010 cuando se le acordó la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, el régimen de prueba no debió exceder de TRES (03) AÑOS, tal como lo prevee el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para esa fecha, hoy artículo 483 del nuevo Código Orgánico Procesal Penal, de tal manera que se encuentra cumpliendo el régimen de prueba hasta la presente fecha 24-05-2013, por un tiempo de dos (02) años, seis (06) meses y catorce (14) días, le falta por cumplir un remanente del régimen de prueba de cinco (05) meses y dieciséis (16) días, por lo que terminaría de cumplir su condena el día 10 de Noviembre de 2013 a las 12:00 de la noche.