IV. DECISION
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del presente Interdicto de Obra Vieja o Daño Temido, incoada por el ciudadano JURY ESNOEL BIRHOMISKI MAURY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.157.752, debidamente asistido por la abogada KAREN GIOLEMAR NUÑEZ VINCI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 132.040, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua.
SEGUNDO: REMITASE el presente expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del .....