DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la abogada, MARÍA DEL CARMEN PÉREZ BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.872.949, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 39.114, quien actúa en nombre propio y representación, de fecha diecisiete (17) de marzo de mil novecientos sesenta y cinco (1965), expedida por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Aragua, bajo el Nro. 191, tomo A y folio 97 vto, de los libros de Nacimientos llevados por dicho Registro, a los fines de dejar constancia: PRIMERO: Asentaron el primer nombre de la madre de la solicitante como: "BLANCA BRIT.....