anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2015, presentada por los ciudadanos CRISTIAN MAXIMINA CAMPOS DE GOMEZ y CRUZ GUALTERIO GOMEZ BARRIOS identificados con las cédulas de identidad Nros. V-14.318.351 y V-13.867.225 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha veintisiete (27) de octubre de 1995, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Aragua, según consta del Ac¬ta de Matrimonio Nro. 326, Tomo II, Folio 273, Año 1995, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante el mencionado Registro.
Liquídes.....