III
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato intentado por el Ciudadano: GEORGES BACHOUR CAUAM, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.: V-5.262.999, contra: CITA OLECY PEREIRA DE ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.: V-8.731.931.-
Se condena en costas a la parte perdidosa.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la ciudad de Cagua, a los Veintitrés (23) días del mes de Julio de Dos Mil Ocho (2.008).- Años 198° y 149°.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
MAIRA Z.....