En virtud de las anteriores consideraciones, este juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del trabajo en nombre de la Républica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL HABIDA ENTRE LAS PARTES, A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, EN LOS MISMOS TERMINOS ESTBLECIDOS POR LAS PARTES.
Publíquese, Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maracay a los 21 de julio de 2010.
LA JUEZ,
MARIA ELENA BRAVO RICO.
LA SECRETARIA,
LISSELOTT CASTILLO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le publico y registro la anterior decisión siendo las 9:10 A.M.
LA SECRETARIA,
LISSELOTT CASTILLO