En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Décimo de Juicio itinerante del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE al ciudadano YORMAN RAFAEL RIVAS SOTOMAYOR, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº v.- 20.335.294, nacido en fecha 26/03/1991, de 26 años de edad, natural de Cagua, Municipio Sucre, con dirección de residencia ubicada en Urbanización Rafael Urdaneta, sector 3, vereda 77, casa Nº 09 en la ciudad de Cagua, dentro de la jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Aragua, por cuanto no quedo demostrado en lo largo del Debate Oral y Público, su participación en la Comisión del delito de TRAFICO DE SU.....