(...) , este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco (...), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la Solicitud de FIJACION DEL AUMENTO DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA, interpuesta por la ciudadana RUFINA DEL CARMEN PEREZ, (...) domiciliada en (...), actuando en nombre y representación de sus hijos: XXXXX y XXXXX, de (...) respectivamente, asistida por la ABG. MARITZA VILLEGAS MORAN, (...); contra (...), ciudadano DAVID RAFAEL OSORIO GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.755.180, domiciliado en la avenida Bolívar, N° 4, en Palo Negro, Estado Aragua. Fijando LA OBLIGACION ALIMENTARIA, sobre la base del sueldo anteriormente mencionado, en la cantidad de siete (07) días mensuales (...), lo cual alcanza un total de CIENTO CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 104.208,59) mensual; CONDENÁNDO al ciudadano DAVID RAFAEL OSORIO GUEVARA.....