Por virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer de la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, formulada por la abogada REINA LÓPEZ DE CARRERA, Inpreabogado N° 19.009, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos: BERTHA MARLENE ROMERO MARTINEZ, PAULA MARIA HERNÁNDEZ MARTINEZ, TOMAS ANTONIO HERNÁNDEZ MARTINEZ, JUDITH VIRGINIA ROMERO MARTINEZ, LIGIA COROMOTO ROMERO MARTINEZ, OLINDA JOSEFINA ROMERO MARTINEZ, AÍDA JOSEFINA ROMERO MARTINEZ, EDINAMAR ARAGUA ROMERO MARTINEZ, ARÍSTIDES AMADO ROMERO MARTINEZ, YDACIR ROMERO MARTINEZ, RUBÉN DARÍO ROMERO MARTINEZ, MEIBORN MARLENE ROMERO MARTINEZ, ASDRÚBAL ANTONIO ROMERO MARTINEZ, MARIA DEL VALLE ROMERO MARTINEZ, ya identificada, y se ord.....