En mérito de lo anterior este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados WILLIAM BENSHIMOL, LAURA BENSHIMOL y LEON BENSHIMOL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 12.026, 53.471 y 76.696 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana SANDRA PESTANA DE BRITO, titular de la cédula de identidad Nº 13.419.875, contra el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la nulidad del Acto Administrativo mediante el cual se rechaza el ingreso a la Carrera Diplomática del Servicio Exterior, de la ciudadana SANDRA PESTANA DE BRITO, titular de la cédula de identidad Nº 13.419.875, contenido en el Oficio N° JC/010873 de fecha 01 de noviembre de 2005, suscrito por el Presidente del Jurad.....