Por las razones de Hecho y de Derecho antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Beneficio de Pobreza solicitado por la parte accionante en la presente causa.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al diario "EL SIGLO", a los fines que se sirvan conceder la gratuidad de las publicaciones del Edicto ordenado en el presente procedimiento en fecha 02 de Junio de 2022, cursante al folio 35 del cuaderno principal del presente expediente.-