DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación en amparo, interpuesta por el Abg. Pedro Celestino Ramirez, Inpreabogado N° 83.917, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos PEDRO CELESTINO RAMIREZ, DIXO ENRIQUE VILLASMIL TORRES, SERGIO IVAN ESCOVINO RODRIGUEZ, YRAIDA MORENO BLANCO, ERNESTO ENRIQUE MONTENEGRO JIMENEZ, MELVIN WILLIAM BRACHO RIVERA, ADOLFREDO JOSÉ JIMENEZ MALAVÉ, ROLANDO ANTONIO CHACÍN GONZALEZ y DORALIZ MAITTE REBOLLEDO VERENZUELA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.414.109, V-9.317.554, V-9.235.602, V-6.693.519, V-7.179.176, V-6.121.263, V-6.216.530, V-14.305.407 y V-9.690.292, respectivamente, contra la Sentencia dictada en fecha 02 de septiembre de 2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Tribunal de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes del estado Aragua. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada en todas y cada una de sus partes. TERCERO: Una vez vencido el lapso de ley s.....