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Decisiones del dia 23/10/2018

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : DP11-S-2018-000193 N° Sentencia : DP11-S-2018-000193 Fecha: 23/10/2018
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
OFERENTE: ENTIDAD DE TRABAJO GRUPO KRIS CA. Y OFERIDA: CIUDADANA SILVA REYES, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V- 6.686.519.-
Resumen:
acorde con los criterios jurisprudenciales antes citados, se concluye que la ciudadana Daicy Duarte Jordán, abogada en ejercicio, inpreabogado N° 78.468, quién dice actuar en su condición de apoderada judicial de la parte oferente, entidad de trabajo GRUPO KRIS CA, incurre en una manifiesta falta de representación, por cuanto de la revisión exhaustiva del poder conferido y que riela inserto a los autos, se puede evidenciar, sin lugar a dudas; que fue otorgado por la ciudadana CILLY MUÑOZ DURAN, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.027.586, como persona natural para la defensa de sus derechos e intereses y no como vicepresidente de la entidad de trabajo hoy oferente, en tal sentido la mencionada apoderara carece de la especial capacidad de postulación para actuar en el presente asunto, incurriendo en una manifiesta falta de representación, aunado al hecho de que no consta en los anexos presentados al escrito de solicitud documento que indique que la ciudadana CILLY MUÑOZ DURAN,.....
Juez/Ponente:
Giovanni Ruocco
Organo:
Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-S-2018-000187 N° Sentencia : DP11-S-2018-000187 Fecha: 23/10/2018
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
OFERENTE ENTIDAD DE TRABAJO GRUPO KRIS CA. Y OFERIDO CIUDADANA PENELOPE GONZALEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V- 14.231.939
Resumen:
es por lo que se debe declarar inadmisible la solicitud de oferta real de pago, en los términos en que fue presentada, por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE LA SOLICITUD DE OFERTA REAL DE PAGO, presentada por la abogada en ejercicio Daicy Duarte Jordán, inpreabogado N° 78.468, quién dice actuar en su condición de apoderada judicial de la parte oferente, entidad de trabajo GRUPO KRIS CA, a favor de la ciudadana PENELOPE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 14.231.939. Y así se decide. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los veintitrés.....
Juez/Ponente:
Giovanni Ruocco
Organo:
Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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