de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos TOMAS ENRIQUE MARIN CHIRINOS y MIRIAM ELISA MORA DE MARIN, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.544.701 y 5.269.898, sobre un Lote de terreno de su propiedad con una extensión de terrenos que mide TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (343,42 Mts2), ubicado en LA calle 102, casa N° 14, Sector Mata de café, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En (30,80 Mts) Con casa de Carmen La cruz Ruiz; SUR: En (30,80 Mts) Con casa de Jorge Herrera; ESTE: En (11,20 Mts) Con calle 102 que es su frente y OESTE: En(11,10 Mts). Con terreno Municipal ocupado, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terce.....