Este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento del contenido y firma del documento privado objeto del presente juicio, que riela al folio 05, suscrito por el ciudadano FERNANDO RAMON GONZALEZ BELISARIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.192.215, y de este domicilio; u por la otra parte, el ciudadano PEDRO JOSE JAIMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.512.676, quien actúa en su propio nombre y en representación de la ciudadana BETZABETH AGUAJE GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.987.398, según instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Quinta de la ciudad de Maracay del Estado Aragua, en fecha 25 de mayo de 2.017, inserto bajo el Nro. 03, Tomo 170, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria; cabe destacar que la presente homologación solo abarca el reconocimiento hecho po.....