DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara INADMISIBLE la presente demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentada por los ciudadanos Milton Mauricio Trujillo Caudillo y Karen Nubia Beatriz Trujillo Caudillo, ambos venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad N° V-8.598.505 y V-7.713.085, asistidos por el abogado en ejercicio Jose Emisael Duran Díaz inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.392, en contra de los ciudadanos
Alexis Xavier Trujillo Reinfield, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9685016 actuando en nombre y representación de los ciudadanos Noemi Reinfield de Trujillo y Alexis Humberto Trujill.....