DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada CARLA QUIJANO ROMERO, Defensora Pública Penal Quincuagésima (E) del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensora de los ciudadanos LUIS ALBERTO ESTEVES ROSALES, MANUEL FERREIRA GOMEZ y WILLIAN JOSÉ TOÑONGO, en contra de la decisión dictada en la audiencia oral para oír al imputado, realizada ante el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Doctora MARÍA LOURDES AFIUNI MORA, en fecha 23/10/06 y publicado su texto en esa misma fecha, mediante la cual Decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad a los mencionados ciudadanos , de conformidad con lo establecido e.....