Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de agosto del 2003, por el abogado JOSE ANTONIO CABRITA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 11 de junio del 2003, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual SE REVOCA en todas y cada una de sus partes.
Segundo: ordena al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas continuar el presente juicio para el momento en que se encontraba cuando fue decretada la suspensión de la ejecución.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Notifíquese de la presente decisión a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado po.....