Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos BILZON JOSE CARRILLO HERRERA Y LUCIANO ARIETA LARA, contra la demandada CONSTRUCTORA PEWEL, C.A., y consecuencialmente, se condenan cancelar a los demandantes las cantidades y montos siguientes: 1) Sr. Bilzon Carrillo: Indemnización por despido 30 días Bsf. 1.595,70; Pago sustitutiva de preaviso 45 días por Bsf. 2.393,55; 2) Sr. Luciano Arieta, Indemnización por despido 60 días Bsf. 3.191,40; Pago sustitutiva de preaviso 45 días por Bsf. 2.393,55.- SEGUNDO: Se ordena el pago de los intereses moratorios, cuya determinación se realizará mediante experticia complementaria del fallo, la cual se ordena realizar sobre el monto total ordenado a p.....