D E C I S I Ó N
En mérito de lo precedentemente expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, presentada
por la ciudadana ARACELIS MARÍA SÁNCHEZ DE CUTILLAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-8.582.829, debidamente asistida por la abogada en ejercicio YOLAINYS CASTELLANO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 176.080, signada con el Nº 169, Folio 85, de fecha 14 de Mayo de 1962, inserta en los libros de nacimientos llevados por
ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua. En consecuencia, queda RECTIFICADA de la siguiente forma: DONDE SE LEE "...Aracelys María...", DEBE ESCRIBIRSE Y LEERSE: "...Aracelis María...", tal y como se desprende de los .....