IV. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso interpuesto por la abogada Inesita Álvarez Boscán, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 78.627, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana RIQUET MODESTA FIDELINA BRAVO PEDRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-13.426.805. En consecuencia, se anula la sentencia interlocutoria recurrida de fecha 2 de marzo de 2018.
SEGUNGO: COMPETENTE el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, para seguir conociendo del presente juicio por desalojo interpuesto por la ciudadana RIQUET MODESTA FIDELINA BRAVO PEDRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de ident.....