Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud, incoada por la ciudadana GLADYS MARGARITA MANRIQUE DE TALAVERA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Sector Chupadero, Vereda Girardot, San Casimiro del Estado Aragua y portadora de la Cédula de Identidad Nº V-8.786.600, por solicitud de TITULO SUPLETORIO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en San Casimiro a los veintitrés (23), días del mes de diciembre de 2010. Años 200 de la Independencia y 151 de la Federación.-