En merito a lo expuesto este Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control con sede en el Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: Declara sin lugar lo peticionado por la Defensa del imputado de autos en cuanto al cambio de sitio de reclusión requerido e indicado en la solicitudes planteadas a favor de su representado JOSE GREGORIO RAMIREZ RIVAS, titular de la Cédula de Identidad N° 11.776.067. Segundo: Se Autoriza de oficio el traslado del referido imputado desde la Comandancia de la Policía del Estado hasta el Hospital Manuel Núñez Tovar, con las seguridades del caso a objeto ser ingresado a ese centro asistencial a los fines de proporcionarle la asistencia adecuada para garantizar la salud del ciudadano: JOSE GREGORIO RAMIREZ RIVAS, por el tiempo establecido que certifica el informe forense, todo ello en atención y cumplimiento a Tenor literal del artíc.....