"... Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA MENDOZA y JULIO OMAR MÁRQUEZ OVALLES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.406.161 y V-4.228.717, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio HENRY YAIDAT TROSEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27054. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la prefectura del Municipio Libertador del Estado Aragua, en fecha 03 de febrero de 1996, anotado bajo el Nº 005, Año: 1996...."