En relación a la solicitud presentada por la ciudadana DAVEIDE SABINA GUZMAN ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº V-12.146.502, y actuando en nombre y representación de los ciudadanos EVERSON RUBEN SANCHEZ MARTINEZ y CRISTIAN RICARDO SANCHEZ JAIMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos V-23.784.462 y V-25.430.092 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada KARINA MARTINEZ RUGELES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°132.219, donde solicitan que sean declarados como "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de-cujus, FRANKLIN JOSE SANCHEZ GARCIA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.922.608, fallecido ab-intestado en fecha 25 de Junio de 2021. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia, promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna.....