Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho supra mencionadas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL incoada por el ciudadano RODOLFO ANTONIO RAFAEL PEREZ, dirigiendo su pretensión en contra de la ciudadana CORINA MARGARITA ESCORCHE, todos identificados en el encabezado de la presente decisión. No hay condenatoria en costas