DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha VEINTE DE SEPTIEMBRE DE 2024 (20-09-2024) solo con respecto al acuerdo de manutención realizado entre las partes, los ciudadanosEYCAR ELIANA RODRIGUEZ SILVA y ISAAC ANDRES ACOSTA JARAMILLO, venezolanos, titulares de la cedula de identidad Nros. V-31.080.986 y V-26.519.457, respectivamente, actuando a favor del menor: XXXXXXXXXXXXX DE UN (01) AÑO DE EDAD, con domicilio en el Municipio Sucre del Estado Aragua, y para que adquiera el carácter de cosa juzgada. Se ordena imprimir dos ejemplares de la presente decisión a un solo tenor y efecto, de lo cual uno será remitido a la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Sucre del Estado Aragua y otro a ser agregado a la presente solicitud.