DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana ISBELIA MANUELA DE LOS ANGELES MELENDEZ DONATTI, titular de la cedula de identidad N° V-23.729.216, contra el ciudadano EDGARDO JESUS GONZALEZ DUNO, titular de la cedula de identidad N° V-24.929.313. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 5 de diciembre de 2019, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, según se evidencia en acta asentada bajo N° 510, Tomo 6, Folio 10, Año 2019, de los libros de matrimonios llevados por el referido registró.
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