Por todas estas razones antes señaladas, este Juzgado de los Municipio Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil, declara Con Lugar la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos: RICHARD JOSÉ JIMENEZ RAMOS y ELIZABETH DEL VALLE BAEZA, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad N° 14.114.965 y 15.335.564 respectivamente; domiciliados el primero en el sector Aguas Negras, Temblador, Municipio Libertador y la segunda en el sector El Bolsillo, calle Principal, casa S/n en Barrancas, Municipio Sotillo del Estado Monagas, por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía.- DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, no existen bienes que liquidar.----------