D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en San Mateo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad
de la Ley, declara homologada la conciliación, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, en el juicio de
Revisión de Obligación de Manutención, habida entre los ciudadanos ANGIE MICHELLE IZARRA RODRIGUEZ y YODUEL ALEXANDER TREJO VIERA, plenamente identificados, en su carácter de padres del niño (Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, en armonía con el artículo 369 ejusdem. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
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