DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción judicial del Estado Aragua, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos: ANTONIO DI GIAMPAOLO BOTTINI, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-8.575.558 y ANNA RITA DI GIAMPAOLO DE CONDE, titular de la cédula de identidad N° V-8.687.846 contra el ciudadano JAFET MANUEL MALDONADO LOPEZ, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.624.573 por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por falta de pago incoado por los ciudadanos: ANTONIO DI GIAMPAOLO BOTTINI y ANNA RITA DI GIAMPAOLO DE CONDE, contra el ciudadano JAFET MANUEL MALDONADO LOPEZ. TERCERO: SE DECLARA SIN LUGAR EL SUBARREN.....