PRIMERO: Se admite PARCIALMENTE la acusación presentada en fecha 17/12/2019, por la Fiscalía Decima Cuarta (14°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua, en contra de los ciudadanos CARLOS EDUARDO QUINTANA ORTEGA titular de la cedula de identidad Nro. V.-18.895.366 y, YANIMAR CAROLINA JARAMILLO PULIDO titular de la cedula de identidad Nro. V.-23.528.113; por cuanto en este Acto este Juzgado estima pertinente y ajustado a derecho acoger el cambio de calificación dado por el Ministerio Publico en esta Sala de Audiencias, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal a la presunta comisión del delito de HURTO CON AUSTICIA O DESTREZA, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 4 del Código Penal; todo ello, de conformidad con lo contenido en el articulo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón que, observa quien aquí decide que de los elementos que sustentan la acus.....