Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana ARCADIA VARGAS FANEITE, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.551.026, contra el ciudadano AUGUSTO MOREIRA DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.267.776, la cual se tendrá como cierta desde el día 06 de Diciembre de 1957, hasta el día 13 de Septiembre de 2007; SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida.