D I S P O S I T I V A
En virtud de todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, REVOCA la FÓRMULA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LA PENA EN LA MODALIDAD DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, otorgada por este Despacho en fecha 11/07/2007 al penado GONZALEZ BLANCO JUAN JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° 10.626.299, y en tal sentido ordena su detención a los fines que el mismo sea recluido en el Centro Penitenciario Metropolitano Los Valles del Tuy, Yare I, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal.