Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por Celestino Pastor González, contra Gerson Ramón Nagua Zamora, y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La entrega del siguiente inmueble: el Barrio La Barraca, Calle Colón con Calle 9, Edificio Sublimar, piso 1, apartamento N° 4, de esta ciudad de Maracay Estado Aragua.
SEGUNDO: Pagar la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS BOLIVRES (Bs. 1.900,oo), por concepto de cánones de arrendamientos vencidos y no cancelados, desde Agosto de 2007 a Enero de 2008, a razón de Trescientos ochenta bolívares cada uno (Bs. 380,oo).
TERCERO: En pagar las costas del presente proceso.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Esta.....